Cuando ocurre un delito, existen diferentes personas y actores que intervienen en el proceso penal.
Esos participantes del proceso suelen ser, en resumen: la víctima (el afectado), el imputado (a quien se le acusa del delito), el Ministerio Público (el que acusa del delito en aquellos ilícitos definidos en el Código Penal) y los juzgadores (quienes resuelven).
Hoy hablaremos sobre la víctima y los derechos que tiene.
¿Quiénes se consideran víctimas de un delito en el derecho penal costarricense?

La respuesta nos la brinda el artículo 70 del Código Procesal Penal.
En primer lugar, la víctima es el afectado directo del delito que se cometió.
Por ejemplo, la persona a la que le robaron sus pertenencias, la persona a la que abusaron sexualmente, la persona a la que le causaron lesiones.
Si el afectado directo falleció a raíz de ese delito, se consideran víctimas también su cónyuge o quien convivió con la víctima durante más de dos años, sus hijos, padres, herederos, entre otros. En síntesis, sus familiares cercanos.
Asimismo, son víctimas los socios, asociados o miembros de aquellos delitos que afecten a personas jurídicas (como sociedades comerciales, por ejemplo), cuando el delito lo cometió la persona que dirige la empresa, o la que la administra o controla.
Otras víctimas son las asociaciones, fundaciones y otros entes (debidamente registrados) cuando se afecta un interés colectivo o difuso, siempre que el ente esté ligado a ese interés. Por ejemplo, en delitos contra el medio ambiente, una fundación que defiende la naturaleza podría presentarse como víctima, pues el derecho a un ambiente sano es de toda la colectividad.
¿Qué derechos tienen las víctimas?
Son muchos los derechos que establece la legislación. Seguidamente, mencionaremos algunos de ellos.
En primer lugar, la víctima tiene derecho a denunciar el hecho delictivo, ya sea por sí mismo o a través de un tercero autorizado.
Por otro lado, debe ser tratada de manera respetuosa a lo largo del proceso y en todo momento se debe evitar su revictimización.
La revictimización sucede cuando, durante el proceso, la víctima es sometida a un sufrimiento adicional debido a la falta de sensibilidad del sistema o de los funcionarios que abordan a la persona.
Con el fin de evitar esa revictimización, las víctimas que sean menores de edad, aquellas que sufrieron de abuso sexual o de violencia, de trata de personas o de hechos violentos, pueden contar con personas que les apoyen (por ejemplo, un profesional en psicología que esté con la persona víctima mientra declara, por citar un caso).
Si la víctima tiene una discapacidad o proviene de una etnia o cultura diferente a la de la mayoría, todas esas diferencias deben ser tomadas en cuenta durante el proceso, para no afectarla.

Hay un derecho de información: que se le digan sus derechos y deberes, que pueda revisar el expediente sin limitaciones, que se le comuniquen las decisiones que se tomen (resoluciones del juez, cambio de medidas cautelares que puedan afectarle de alguna manera, posibilidad de que el caso se resuelva a través de lo que se conoce como justicia restaurativa).
Parte de ese derecho de información incluye que se le explique que tiene la posibilidad de solicitar protección especial cuando corre en riesgo su vida o la de su familia. Justamente, existe la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público.
En algunos casos, algunos datos de la víctima pueden ser eliminados del expediente. También la víctima puede rendir su testimonio por medio de videoconferencia o a través de otros medios tecnológicos.
La víctima igualmente tiene derecho de contar con una licencia con goce de salario de su patrono (sea una institución pública o empresa privada), cuando tenga que asistir a gestiones relacionadas con el proceso.
Un aspecto muy importante es que en las diferentes etapas del caso, la víctima tiene derecho a ser escuchada por los fiscales y por los jueces.
Igualmente, tiene derecho a apelar las decisiones en todas las fases del proceso penal.
La víctima también tiene derecho, si así lo desea y si la legislación lo permite, a llegar a un acuerdo con el ofensor y lograr, de alguna forma, que se repare el daño que se le causó. Para ello, la normativa costarricense establece distintas figuras como la conciliación, la reparación integral del daño y la suspensión del proceso a prueba.
En nuestra próxima publicación, nos referiremos a quién es el imputado y qué derechos tiene.